¿UNA PERSONA ES FUNCIONARIA PÚBLICA PUEDE LABORAR POR HONORARIOS?

DRA. KATTY VACA ARMAS: «No puede una persona que sea funcionario publico realizar otras actividades que no sean la docencia. Es lo que señala la LOSEP»

“Art. 12.- Prohibición de pluriempleo” •LOSEP

“Ninguna persona desempeñará, al mismo tiempo, más de un puesto o cargo público, ya sea que se encuentre ejerciendo una representación de elección popular o cualquier otra función pública.

Se exceptúa de esta prohibición a las y los docentes de Universidades y Escuelas Politécnicas Públicas y Privadas, legalmente reconocidas, siempre que el ejercicio de la docencia lo permita y no interfiera con el desempeño de la función pública. Igual excepción se aplicará a los músicos profesionales de las orquestas sinfónicas del país, quienes también podrán desempeñar la docencia en los conservatorios de música”…….

Sabías que

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