DRA. KATTY VACA ARMAS: «No puede una persona que sea funcionario publico realizar otras actividades que no sean la docencia. Es lo que señala la LOSEP»
•“Art. 12.- Prohibición • de pluriempleo” •LOSEP
“Ninguna persona desempeñará, al mismo tiempo, más de un puesto o cargo público, ya sea que se encuentre ejerciendo una representación de elección popular o cualquier otra función pública.
Se exceptúa de esta prohibición a las y los docentes de Universidades y Escuelas Politécnicas Públicas y Privadas, legalmente reconocidas, siempre que el ejercicio de la docencia lo permita y no interfiera con el desempeño de la función pública. Igual excepción se aplicará a los músicos profesionales de las orquestas sinfónicas del país, quienes también podrán desempeñar la docencia en los conservatorios de música”…….