COMO APLICAR LA DOBLE IMPOSICIÓN EN PAGOS DEL EXTERIOR

TEMA DE INTERÉS

  1. Los ingresos percibidos desde el exterior, deberán registrarse actualmente como ingresos gravados y la retención realizada, será considerada como Crédito Tributario en su declaración de Impuesto a la Renta.
  2. La retención recibida desde el exterior podrá ser utilizada como Crédito tributario en el Ecuador, siempre que no haya sido sujeta a devolución en el exterior.
  3. Deberá convertirse a dólares, si fuera realizada en otra moneda, de acuerdo al tipo de cambio reportado por el BCE.
  4. La retención del exterior para justificar Crédito tributario, deberá estar debidamente certificada con documentos de la jurisdicción o certificado de la Administración tributaria correspondiente.
  5. Deberá considerarse la aplicación de métodos para evitar la doble imposición establecidos en los Convenios Internacionales
  6. Deberá mantenerse los respaldos por el tiempo establecido en las normas ecuatorianas, es decir 7 años.
  7. Los beneficiarios efectivos en caso de dividendos, deberán mantener también los respaldos de la aplicación de la retención.

Sabías que

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