Los empleadores deberán realizar el pago de la participación de utilidades dentro del plazo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades, la cual deberá hacerse hasta el treinta y uno (31) de marzo de cada año.
El pago se debe registrar a través de la página web del Ministerio del Trabajo (www.trabajo.gob.ec)
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES | ||
NOVENO DÍGITO DEL RUC | FECHA DE PAGO AL TRABAJADOR | FECHA DE REGISTRO |
1,2,3,4 y 5 | Hasta el 15 de abril de 2023 | 16 de mayo del 2023 al 19 de junio de 2023 |
6,7,8,9 y 0 | 20 de junio del 2023 al 24 de julio de 2023 | |