¿LA PERSONA DE LA TERCERA EDAD QUE ES DISCAPACITADO/A, QUE BENEFICIO PUEDE TOMARSE PARA EL PAGO DE IMPUESTO A LA RENTA MICROEMPRESA 2021 ?

DRA. KATTY VACA ARMAS: Puede tomarse únicamente uno de los beneficios, como lo señala el Art. 9 LRTI.

NO PODRÁN APLICARSE SIMULTÁNEAMENTE

Recuerden:
En el formulario 102 puede tomarse el 100% de un solo beneficio.
En el formulario 125 puede tomarse el equivalente al 50% del impuesto a la renta declarada, por eso no podría tomarse todo el beneficio.

En el impuesto a la renta, puede escoger en este semestre si es más beneficioso, tomarse la deducción por discapacidad sólo el 50% del beneficio que se tomaría de manera acumulada en el formulario 102.

Una fracción básica gravada con tarifa cero de impuesto a la renta por un monto de  $ 11.212,00 (2021)

Las personas con discapacidad, por un monto equivalente al doble de la fracción básica gravada con tarifa cero de impuesto a la renta, por un monto de $ 22.424,00 (2021)

El sustituto único de la persona con discapacidad debidamente acreditado como tal, podrá beneficiarse por un monto equivalente al doble de la fracción básica gravada , en la proporción que determine el reglamento, siempre y cuando la persona con discapacidad no ejerza el referido derecho.

Sabías que

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