RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA EMPRENDEDORES

RIMPE EMPRENDEDORES

Vigencia 3 años

PERSONAS NATURALES

SOCIEDADES

Emite FACTURAS

Emite FACTURAS

Ingresos brutos de $20.000,01 hasta

$ 300.000,00 del ejercicio económico inmediato anterior.

Ingresos brutos de $ 0,00 hasta

$ 300.000,00 del ejercicio económico inmediato anterior.

Artesanos con ingresos brutos de

$ 20.000,01 hasta $ 300.000,00

 

No son Agentes de Retención.

Excepto en los casos previstos en el numeral 2 del artículo 92 del Reg. LRTI cuando corresponda.

No son Agentes de Retención.

Excepto en los casos previstos en el numeral 2 del artículo 92 del Reg. LRTI cuando corresponda.

Estarán sujetos a retención del 1% por bienes y servicios

Estarán sujetos a retención del 1% por bienes y servicios

Condiciones para llevar contabilidad, superen los montos de ingresos, costos y gastos y capital

(Art. 19 LRTI o Art. 37 Reg. LRTI)

Condiciones para llevar contabilidad:

•Controladas por la Superintendencia de  Compañías

•Sociedades civiles de hecho

•Controladas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

(Art. 19 LRTI o Art. 37 Reg. LRTI o Art. 238,3 Reg.LRTI)

•Declaración de IVA Semestral

•Declaración de Impuesto a la Renta en marzo

•Declaración de IVA Semestral

•Declaración de Impuesto a la Renta en marzo

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