RIMPE EMPRENDEDORES Vigencia 3 años | |
PERSONAS NATURALES | SOCIEDADES |
Emite FACTURAS | Emite FACTURAS |
Ingresos brutos de $20.000,01 hasta $ 300.000,00 del ejercicio económico inmediato anterior. | Ingresos brutos de $ 0,00 hasta $ 300.000,00 del ejercicio económico inmediato anterior. |
Artesanos con ingresos brutos de $ 20.000,01 hasta $ 300.000,00 | |
No son Agentes de Retención. Excepto en los casos previstos en el numeral 2 del artículo 92 del Reg. LRTI cuando corresponda. | No son Agentes de Retención. Excepto en los casos previstos en el numeral 2 del artículo 92 del Reg. LRTI cuando corresponda. |
Estarán sujetos a retención del 1% por bienes y servicios | Estarán sujetos a retención del 1% por bienes y servicios |
Condiciones para llevar contabilidad, superen los montos de ingresos, costos y gastos y capital (Art. 19 LRTI o Art. 37 Reg. LRTI) | Condiciones para llevar contabilidad: •Controladas por la Superintendencia de Compañías •Sociedades civiles de hecho •Controladas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (Art. 19 LRTI o Art. 37 Reg. LRTI o Art. 238,3 Reg.LRTI) |
•Declaración de IVA Semestral •Declaración de Impuesto a la Renta en marzo | •Declaración de IVA Semestral •Declaración de Impuesto a la Renta en marzo |
RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA EMPRENDEDORES
Sabías que
Puedes ahorrar mucho tiempo de búsqueda con nuestra suscripción
Compartir tus dudas en un grupo de WhatsApp, para que nuestros expertos, te faciliten una respuesta confiable.
El privilegio de llamar por teléfono a nuestra oficina para, salir de dudas.