MES | FESTIVIDAD | DÍAS FESTIVOS |
MAYO | Día del Trabajador | Domingo 1 de mayo se traslada a lunes 2 de mayo |
Batalla de Pichincha | Martes 24 de mayo se traslada a lunes 23 de mayo |
DRA. KATTY VACA ARMAS: El 1 y 24 de mayo se considera descanso obligatorio no recuperable, de acuerdo a las siguientes artículos tanto para el sector público como privado
“Art. 65.- Días de descanso obligatorio.- Además de los sábados y domingos, son días de descanso obligatorio los siguientes: 1 de enero, viernes santo, 1 y 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 y 3 de noviembre, 25 de diciembre y los días lunes y martes de carnaval…..” CÓDIGO DE TRABAJO
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA
“CUARTA.- Para las y los servidores públicos son días de descanso obligatorio exclusivamente los siguientes: 1 de enero, viernes santo, 1 de mayo, 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 y 3 de noviembre, 25 de diciembre y los días lunes y martes de carnaval…..” LOSEP